Jubilados y pensionados deben declarar el Impuesto sobre la Renta
De acuerdo a lo expuesto por la Gerencia General de Servicios Jurídicos del SENIAT y en atención a lo previsto en el artículo 22 del Reglamento de la Ley que regula el impuesto sobre la Renta, el personal jubilado y pensionado “deberá efectuar su inscripción en el Registro Único de Información Fiscal y cumplir con las obligaciones y deberes formales previstos para los Contribuyentes pese a encontrarse exentos del Impuesto sobre la Renta”.
Esto significa que los jubilados y pensionados declararán, aun cuando, como en años anteriores, no pagan impuesto.
Consulte aquí el Oficio del SENIAT