Comunicado del Vicerrectorado Administrativo referente al Bono de Fin de Año
Se informa al personal docente, administrativo y obrero que hace vida en esta Casa de Estudios, que la OPSU remitió la maqueta del Bono de Fin de Año, en la cual se ha excluido para el cálculo de dicho concepto, los beneficios laborales denominados Prima de Responsabilidad, Prima de Transporte, Prima Titular y Gastos de Representación, los cuales de conformidad con lo establecido en los Convenios, Acuerdos, Resoluciones, Contratos Colectivos Internos de la Universidad Central de Venezuela y las Convenciones Colectivas suscritas en el marco de la Reunión Normativa Laboral, desde el año 2008, se ha calculado y pagado con base al salario integral devengado por el referido personal en el mes de octubre.
Es preciso destacar, que la IV Convención Colectiva Única de Trabajadores del Sector Universitario, que fue homologada a través de la Resolución N° 279 del 02/08/2022 y publicada en Gaceta Oficial N° 42.436 de fecha 09 de agosto de 2022, indica en su cláusula 81, “… el pago del bono de fin de año, equivalente a ciento veinte (120) días de salario integral devengado en el mes de octubre, …” (Subrayado nuestro).
Así mismo, los parágrafos segundos, tercero y cuarto de la referida cláusula, prevén expresamente que el bono de fin de año para los obreros, administrativos y docentes, respectivamente, deberá ser calculado tomando en cuenta el salario básico, las primas mensuales con carácter salarial, entre otros conceptos.