Comunicado sobre el proceso de ajuste del Sistema de Remuneración de la Administración Pública anunciado por el Ejecutivo Nacional Reviewed by Momizat on . Las Autoridades Universitarias nos dirigimos al Personal Docente y demás Trabajadores de esta Casa de Estudios, para informarles que una vez revisado por el per Las Autoridades Universitarias nos dirigimos al Personal Docente y demás Trabajadores de esta Casa de Estudios, para informarles que una vez revisado por el per Rating: 0
You Are Here: Home » Comunicado » Comunicado sobre el proceso de ajuste del Sistema de Remuneración de la Administración Pública anunciado por el Ejecutivo Nacional

Comunicado sobre el proceso de ajuste del Sistema de Remuneración de la Administración Pública anunciado por el Ejecutivo Nacional

Comunicado VRAD (2)

Las Autoridades Universitarias nos dirigimos al Personal Docente y demás Trabajadores de esta Casa de Estudios, para informarles que una vez revisado por el personal técnico y legal del Vicerrectorado Administrativo, el instrumento informativo oficial relacionado con el “PROCESO DE AJUSTE DEL SISTEMA DE REMUNERACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, CONVENCIONES COLECTIVAS, TABLAS ESPECIALES Y EMPRESAS ESTRATÉGICAS” para la aplicación del incremento salarial anunciado por el Ejecutivo Nacional, recibido por TELEGRAM el día 03/03/2022, a las 7:27 p.m., se determinaron las siguientes violaciones a nuestros Convenios y Convenciones Colectivas en lo siguiente:

Se violentaron las cláusulas contenidas en la IV CCU, las cuales aun cuando no han sido homologadas, fueron reconocidas y aplicadas desde el 01 de agosto de 2021 de conformidad con el Instructivo para la aplicación de beneficios acordados en la Cuarta Convención Colectiva Única (IV CCU), como a continuación se describe:

  1. En cuanto a las escalas salariales, se modificó lo relativo al criterio de las interescalas contenido en la cláusula 67 de la IVCCU, la cual indica sucesivamente los distintos porcentajes de las interescalas según el tipo de personal, grado y nivel, acarreando en consecuencia:
  • En el personal obrero, cuya tabla es el punto de partida para definir el resto de los tabuladores, docente y administrativo, se prevé para el obrero grado 1 que se inicie con el salario mínimo nacional, y luego se incremente para el grado 2 el 70% del salario, esto no fue aplicado en el reciente ajuste salarial, sino una interescala lineal del 7%, lo que afecta la construcción total de la tabla salarial.
  • En el personal administrativo, la escala salarial parte del sueldo obrero grado 4, por lo tanto, igualmente se ve afectada por la variación de las interescalas empleada por la OPSU, tanto por efecto de las interescalas del obrero como las propias.
  • En el personal docente, su tabla salarial igualmente fue vulnerada en su base de cálculo, por cuanto el inicio de dichas tablas está definido en la normativa laboral y al variar uno de sus valores de interescala modifica en su totalidad las tablas salariales, como sucede en la tabla recibida con vigencia 15/03/2022.

Adicionalmente, el ajuste de las escalas salariales no es acorde con el incremento otorgado al salario mínimo nacional, publicado en la Gaceta Oficial extraordinaria N° 6.691 del 15/03/2022.

Comunicado cuadro 1

  1. En relación a los beneficios que estaban pactados en la IV CCU por porcentajes, se modificaron arbitrariamente al indicarse un monto fijo o disminuir considerablemente el mismo, tal como se demuestra en algunos de ellos:

Comunicado cuadro 2

Es importante señalar, que ha sido reiterado en la I CCU, CLÁUSULA N° 102, en la II CCU, CLÁUSULA N° 121, en la III CCU, CLÁUSULA N° 1. DEFINICIONES y en su DISPOSICIÓN FINAL, y la IV CCU, cláusula 92, la permanencia de beneficios a favor de las trabajadoras y trabajadores universitarios, dichas cláusulas contemplan la validez de continuar reconociendo y cancelando los beneficios que existían en los acuerdos, actas, resoluciones y convenciones colectivas, antes de las firmas de las convenciones colectivas únicas del sector universitario; en virtud de lo cual se deben mantener todos aquellos beneficios contractuales existentes antes de las normativas laborales suscritas para el sector universitario. Asimismo, con estas modificaciones se estarían transgrediendo los artículos 434 de la LOTTT y 91 de nuestra carta magna.

Todo instructivo salarial impuesto por el MPPEU y la OPSU cuyos montos no estén acordes con los criterios de las interescalas y reduzca los porcentajes establecidos de primas u otros beneficios contemplados en la convención colectiva única del sector universitario, es violatorio de los derechos humanos, de la progresividad, intangibilidad e irrenunciabilidad de los derechos y beneficios laborales del sector universitario.

En consecuencia, la Universidad Central de Venezuela, por las razones antes expuestas, RECHAZA de manera firme y contundente las tablas salariales del incremento a partir del 15/03/22 remitidas el día de ayer 23/03 por la OPSU.

Prof. Cecilia García-Arocha Márquez
Rectora
Prof. Amalio Belmonte
Vicerrector Administrativo (E)

Ver comunicado oficial

© 2013 Copyright Vicerrectorado Administrativo UCV. Todos los derechos reservados. Soporte web: TechCOM

Scroll to top